¿Cómo se calcula el mes de revisión técnica?
El Decreto Supremo N°156 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones asigna un mes de revisión técnica anual según el último dígito de la patente del vehículo — así se reparte la demanda de las plantas durante todo el año en vez de concentrarla en unos pocos meses.
Puedes rendirla desde el mes anterior al que te corresponde sin multa. Si tu vehículo tiene menos de 4 años, según el Decreto Supremo N°104 (vigente desde el 18/06/2026) podrías estar exento de la primera revisión por 36 a 48 meses desde el Certificado de Homologación Individual.
Este calendario anual no aplica para taxis, buses, transporte escolar (calendario semestral), vehículos de carga mayores a 1.750 kg (también semestral), ni vehículos anteriores a 1992, que tienen un régimen distinto.
Una vez que sepas tu mes, busca la planta de revisión técnica más cercana por comuna para agendar hora.